El señor Bernabé Guerrero demanda a la señora Calixta Pacheco Arroyo por ordenarle tumbar su rancho, el cual manifiesta le ha causado perjuicios, violando las leyes vigentes que comprenden el derecho a la propiedad y posesión inmueble. La señora Calixta Pacheco se defiende diciendo que dicho lote no existe y en su lugar hay una laguna que está siendo rellenada por la alcaldía por ser foco de mosquitos y moscas que perjudican a la comunidad del barrio. El señor Bernabé, acusa la señora Calixta, de ser representante de una junta de mejoras que no cuenta con personería jurídica.
La policía Nacional estableció el nombre de la Brigada Cívica del Barrio San Pedro Claver, ubicada en el sector del barrio San Pedro Claver. Los fines son velar por la paz, la tranquilidad de los vecinos del barrio y por la protección de los mismos. El estatuto cuenta con 6 capítulos cada uno maneja unos fines para cada integrante de la brigada, también los requisitos para pertenecer a la junta, directivos, sesiones, deberes, derechos, reglamentos e informe.
Este informe tiene la relación de los miembros que hacen parte de la brigada cívica, reportando $344.°° pesos. También cuenta con la relación de los gastos de la Brigada Cívica, compra y costos. Compra de lámparas, baterías, bolillos, bombillos, mesas entre otros, por valor de $ 893,15 pesos. Saldo en tesorería $ 185°° pesos. Total $ 1.078,15 pesos. Responsables Lazaro perez, Calixta Pacheco, Antonio Torres.
La presente es para informarle mi renuncia irrevocable del cargo que se me ha tenido ocupado como miembro de este prestigioso comité. El joven Miguel Mendoza, seguirá como instructor de baile de nuestra candidata.
Me dirijo a ustedes con mucho dolor pienso retirarme, espero que la corona repose sobre los cienes de Myriam y en sus manos el cetro para el barrio San Pedro sea la victoria.
Le solicita permiso por 15 noches seguidas para no asistir a las reuniones, el motivo haré unas vacaciones como celador en los buses municipales, de antemano pido excusas. En las horas del día desde mañana cuenten conmigo.
Acuerdo N° 269 de 1964. Artículo 367: Elección del contralor será por parte del concejo municipal por el periodo de 2 años. Artículo 379: Requisitos: ser versado en derecho, economía y hacienda pública. Actividades básicas de la contraloría, intervención en la investigación del delito de peculado.
Está comité fue creado por las mujeres de Cartagena con el propósito de hacer peticiones a los gobernantes para nuestros barrios y comunidades. Delegaciones por Bayunca: Victoria Varón; Boquilla: Sonia de Felix; Chambacú: Dolores Medrano; Daniel Lemaitre: Ana Ruiz; Bosque: Miriam Cueto; San Pedro Calixta Pacheco.